
El RITE y el CTE marcan una normativa clara acerca de la responsabilidad del cumplimiento de las mismas: el proyectista y el instalador, son responsables del cumplimiento de las normas de seguridad y protección de los proyectos y las instalaciones de paneles solares.
Como proyectista o instalador, usted es el responsable del cumplimiento de la normativa en cuanto al llenado y presurización de los colectores solares y también de la protección de sobrecalentamiento de los captadores solares. A fin de evitar sanciones le adjuntamos los textos normativos aplicables a las instalaciones de panel solar.
936.380.003